85 organizaciones de la sociedad civil piden a los eurodiputados que defiendan los derechos fundamentales y rechacen el perjudicial Código de fronteras Schengen refundido

A pesar de las repetidas advertencias de las organizaciones de la sociedad civil, los legisladores de la UE han llegado a un acuerdo sobre la reforma del Código de fronteras Schengen que se votará en la Comisión LIBE la próxima semana. El expediente legislativo surgido de las negociaciones entre la Presidencia belga del Consejo de la UE, el Parlamento Europeo y la Comisión tendrá consecuencias devastadoras para las personas pertenecientes a comunidades de inmigrantes y racializadas.

Pedimos a los eurodiputados de la Comisión LIBE que rechacen la reforma del Código de fronteras Schengen y den una señal clara contra la legislación que socava los derechos fundamentales.

La votación incluirá varias enmiendas preocupantes que, en conjunto, crearán un nuevo y peligroso sistema de "gestión de la migración" en las fronteras Schengen, contribuirán a reducir el espacio cívico y, en particular, aumentarán la criminalización de la circulación y la solidaridad:

  • La revisión del Código de fronteras Schengen se considera la solución para poner fin a la constante reintroducción de controles temporales en las fronteras interiores. controles temporales en las fronteras interioresla propuesta generaliza los controles policiales con el objetivo explícito de prevenir la inmigración irregular. La detención de personas sospechosas de estar indocumentadas se basa en gran medida en la elaboración de perfiles raciales. Las investigaciones de la Agencia de los Derechos Fundamentales de la UE han demostrado que las comunidades racializadas son objeto de controles discriminatorios y arbitrarios, independientemente de su ciudadanía o estatus de residencia. De hecho, más de la mitad de los afrodescendientes encuestados consideraban que su último control policial había sido el resultado de un perfil racial. Esta práctica supone una clara violación de la legislación europea e internacional contra la discriminación,[1] y contradice el espíritu del Plan de Acción de la UE contra el Racismo. Aunque en los considerandos de la reforma se afirma que todas las acciones deben llevarse a cabo respetando plenamente el principio de no discriminación, no se indica cómo se controlará o garantizará este cumplimiento, ni cómo se sancionará a los Estados miembros que actúen en contra de este principio.
  • El artículo 23 bis permite retrocesos internos entre los Estados miembros a medida que se eliminan las salvaguardias para mitigar sus consecuencias sobre los derechos fundamentales introducidas por el Parlamento. Este artículo prevé el "traslado" (expulsión) inmediato de los nacionales de terceros países detenidos "en zonas fronterizas" al país por el que cruzaron. Aunque hay disposiciones que establecen que la persona puede recurrir esta decisión de "traslado", el recurso no tendrá efecto suspensivo, lo que significa que la persona será devuelta a pesar de todo. No hay excepciones a este procedimiento para los menores no acompañados, las familias con menores o las personas en estado de vulnerabilidad. Aunque está escrito que los solicitantes de asilo no estarán sujetos a estos procedimientos internos de readmisión, queda por ver cómo se respetará esta exención en la práctica. Tales "traslados" violarían una jurisprudencia bien establecida por los tribunales en Italia, Eslovenia y Austriaque se han pronunciado en contra de los retrocesos en cadena entre Estados miembros.
    • Estudio de caso: Italia

Las devoluciones sumarias o prácticas de readmisión en las fronteras italianas llevan años produciéndose y ejemplifican vívidamente las implicaciones sobre los derechos humanos de las personas que se desplazan. De hecho, en enero de 2021 y de nuevo en 2023, el Tribunal Civil de Roma dictaminó que numerosos casos de readmisión en Eslovenia desde Trieste y Gorizia aplicados en virtud de un Acuerdo de Readmisión de 1996 eran de hecho ilegales, ya que violaban el derecho a la no devolución, el derecho a solicitar asilo y los derechos procesales a una evaluación individual y a un recurso efectivo. En la frontera adriática, Italia fue sancionada por el TEDH en 2014 por una readmisión en Grecia en la que el Tribunal constató una violación de la prohibición de expulsión colectiva y de malos tratos. Las comunicaciones enviadas al Comité de Ministros en el marco del procedimiento de supervisión de la ejecución de sentencia relativo al caso Sharifi y una reciente sentencia del Tribunal de Roma sobre la readmisión de un menor afgano no acompañado en Grecia muestran cómo continúan las violaciones. En la frontera italo-francesa, el TJUE y el Consejo de Estado consideraron que las devoluciones entre ambos países estaban en contradicción directa con las garantías establecidas en la Directiva sobre devoluciones.

Por otra parte, las prácticas de elaboración de perfiles raciales ya están muy extendidas en las fronteras interiores italianas. Como señaló ASGI en su presentación al CERD (Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial), la estación de tren de Ventimiglia, un importante punto de tránsito para las personas que se dirigen a Francia, se caracteriza por los controles policiales que se dirigen casi exclusiva y sistemáticamente a las personas de ascendencia africana. En consecuencia, el Comité ha formulado recomendaciones específicas al gobierno italiano para hacer frente a la elaboración de perfiles, destacando la total falta de mecanismos apropiados dentro del sistema nacional para combatirla.

  • El concepto de "instrumentalización " se mantiene en el Reglamento de Crisis del Nuevo Pacto a pesar de haberse eliminado de la posición inicial del Parlamento sobre la reforma del Código de Fronteras Schengen. En la práctica, esto significa que los Estados miembros podrían derogar a voluntad los marcos de derechos fundamentales siempre que se acuse a un tercer país o a un actor no estatal de "instrumentalizar a los migrantes" para desestabilizar a la UE o a sus Estados miembros. Lo hemos visto en los ataques contra personas que cruzaban las fronteras por parte de las autoridades griegas en 2020, en las numerosas muertes registradas en las fronteras españolas, polacas, letonas y lituanas, y en el cierre de todos los puntos de entrada a Finlandia en 2023. La reforma del Código de Fronteras Schengen da un paso más al incluir una inquietante enmienda del Consejo que permite a los Estados miembros tomar "cualquier medida necesaria" para preservar "la seguridad, la ley y el orden" si un gran número de personas intentan entrar irregularmente en un país "en masa y haciendo uso de la fuerza". Se trata de una transposición indebida del caso D. y N.T. contra España que podría tener consecuencias devastadoras; en efecto, el texto permite excepciones ilimitadas al acervo comunitario en materia de asilo y derechos fundamentales.
  • La reforma también se refiere repetidamente al aumento del uso de tecnologías de vigilancia y control tanto en las fronteras interiores como en las exteriores. Tecnologías como drones, sensores de movimiento, cámaras de imagen térmica y otras facilitan la identificación de las personas que cruzan las fronteras antes de su llegada y se ha demostrado que facilitan las repulsiones. De hecho, la Red de Vigilancia de la Violencia Fronteriza (BVMN) ha registrado 38 testimonios, que afectan a más de 1.000 personas, en los que el entrevistado afirma haber oído o visto un dron antes de su expulsión. Por tanto, el uso de tecnologías para rastrear y vigilar los movimientos de las personas podría facilitar su readmisión entre los Estados miembros de Schengen.

Nosotros, los abajo firmantes, pedimos a los eurodiputados que rechacen la reforma del Código de Fronteras Schengen tanto en la votación LIBE como en el Pleno. Este expediente amplía el nocivo concepto de "instrumentalización", legaliza las devoluciones internas, corre el riesgo de generalizar la elaboración de perfiles raciales y potencia el uso de tecnologías de vigilancia fronteriza que se ha demostrado que facilitan las violaciones de derechos fundamentales.

La posición del Parlamento sobre el expediente pretendía eliminar los aspectos más problemáticos e incluir salvaguardas para los derechos de las personas de comunidades migratorias y racializadas. Esa posición se ha abandonado desde entonces, y la que la ha sustituido es insostenible en lo que se refiere a la protección de los derechos fundamentales.

Firmantes:

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Consejo Griego para los Refugiados (GCR)

Foro Griego de Migrantes

Habibi Works (Sopa y calcetines e.V.)

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Homo Digitalis

Esperanza y Humanidad Polonia

Derechos Humanos360

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Inter Alia

Asociación Intereuropea de Ayuda Humanitaria Alemania e.V. (IHA)

Comité Internacional de Rescate (IRC)

Centro de la Mujer Irida

Iridia. Centro por la Defensa de Derechos Humanos

Servicio Jesuita a Refugiados Grecia

KAST (Equipo de Apoyo al Asilo de Khora)

KOK - Red alemana contra la trata de seres humanos

La Coordinadora de Organizaciones para el Desarrollo

Centro Jurídico Lesbos

Faro de Socorro

Liga de Derechos Humanos

Mec de la Rue

Equipo de información móvil

Red por los Derechos de la Infancia

Ayuda a la aurora boreal

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PICUM (Plataforma para la Cooperación Internacional sobre Inmigrantes Indocumentados)

POPH

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Refugiados apoyo legal (RLS)

Proyecto de alfabetización de refugiados

Refugiados internacionales

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Salud por Derecho

Voluntarios de Samos

Sea-Watch e.V.

Segundo árbol

Seebrücke Suiza

Filantropía eslovena

Sociedad Kljuc - Centro de Lucha contra la Trata de Seres Humanos

Statewatch

Fundación LOS

Yoga y deporte con los refugiados

Zeitschrift Bürgerrechte & Polizei/ CILIP (Alemania)

[1] Véase Wa Baile contra Suiza y Basu contra Alemania .

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