Ayudar a los menores no acompañados a obtener un estatuto jurídico
Por Julie Marling
10 de agosto de 2015
(cbp.gov)
A lo largo de mis prácticas con el equipo jurídico de HIAS este verano, he trabajado con niños no acompañados procedentes de Centroamérica. En los últimos años, un número sin precedentes de niños han huido de Centroamérica para venir a Estados Unidos. Algunos huyen de la violencia de las bandas, mientras que otros que cruzan las puertas de las oficinas del equipo legal de HIAS sufrieron abusos por parte de sus propios padres o familiares. Estos niños tienen suerte de haber encontrado el camino a los servicios legales pro bono de HIAS.
Ana* es una de esas niñas. Entró en la oficina de HIAS con su madre una mañana a principios de mis prácticas. A los diez años, con cola de cerdo, una sonrisa rápida y un comportamiento dulce, era difícil conciliar la exuberancia y el espíritu de quinto curso de Ana con la violencia de las bandas de la que fue testigo en El Salvador y los abusos que sufrió a manos de su padre.
HIAS ofrece servicios jurídicos gratuitos a niños como Ana, y explica que normalmente hay dos opciones para obtener un estatus legal. Las dos opciones de Ana son solicitar asilo o solicitar el estatuto especial de inmigrante juvenil. El asilo puede concederse si Ana puede demostrar que ha sufrido persecución en el pasado o teme sufrirla en el futuro por motivos de raza, religión, nacionalidad, opinión política o pertenencia a un determinado grupo social. Si se le concede el asilo, puede convertirse en residente legal permanente y, algún día, en ciudadana. Una vez nacionalizada, y tras cumplir los veintiún años, Ana puede solicitar el estatuto legal para el resto de su familia.
A diferencia del asilo, que tiene un complejo sistema de requisitos que pueden ser difíciles de cumplir, el estatuto especial de inmigrante menor de edad puede ser más fácil de probar, dadas las circunstancias específicas de un cliente. Entre otros requisitos, Ana debe demostrar que uno o ambos progenitores la maltrataron, abandonaron o descuidaron. También debe demostrar que no le conviene ser devuelta a su país de origen. Si a Ana se le concede este estatuto, podrá convertirse en residente legal permanente y, algún día, en ciudadana. Sin embargo, si Ana obtiene el estatus legal a través del estatus especial de inmigrante juvenil, nunca podrá solicitar el estatus legal para sus padres, ni siquiera para su madre, que no abusó de ella, y ni siquiera si algún día se reconcilia con su padre maltratador. Esta es una de las principales consecuencias del estatuto especial de inmigrante menor de edad que no tiene el asilo.
Este dilema se lo hemos explicado a muchos niños y a sus tutores, y se lo explicamos a Ana y a su madre cuando nos reunimos con ellas este verano. Antes de pedir a nuestros clientes que tomen esta difícil decisión, nos aseguramos de que entienden las consecuencias de la inmigración a largo plazo. Por el lado bueno, nuestros clientes tienen una ventaja que muchos niños no acompañados no tienen: un abogado de inmigración que les ayuda a navegar por el sistema.
Según la legislación estadounidense vigente, los menores no acompañados no tienen derecho a un abogado de oficio. A menudo, estos niños se enfrentan solos al sistema -y a opciones como el estatus especial de inmigrante juvenil frente al asilo- por falta de dinero para contratar a un abogado o de tiempo o recursos para encontrar ayuda pro bono.
Sin embargo, puede que se avecinen cambios. Actualmente hay una demanda colectiva en Seattle que cuestiona el hecho de que el gobierno no proporcione abogados a los miles de niños que acuden a los tribunales de inmigración y navegan solos por este complejo sistema. Hasta que llegue el día en que estos niños tengan derecho a un abogado de oficio, HIAS y organizaciones como ella están tratando de llenar el vacío y, siempre que sea posible, ayudar a estos niños a luchar por un estatus legal en Estados Unidos.
*Se ha cambiado el nombre para proteger la intimidad del niño.