HIAS pide protección para los refugiados en una declaración ante el Comité Judicial de la Cámara de Representantes

(Washington, D.C.) – En la audiencia de hoy en el Subcomité de Inmigración y Seguridad Fronteriza del Comité Judicial de la Cámara de Representantes de EE. UU., "Fraude de asilo: ¿Abusar de la compasión de Estados Unidos?" Melanie Nezer, vicepresidenta de Políticas y incidencia en HIAS, presentó una declaración escrita para el registro oficial de la audiencia. A continuación, su testimonio completo.


A lo largo de nuestra historia, Estados Unidos se ha definido por su generosidad hacia quienes buscan un refugio seguro frente a la opresión. Un sistema de asilo justo, eficaz y humano honra la historia de nuestro país y refleja la arraigada tradición estadounidense de ofrecer la oportunidad de un nuevo comienzo a quienes buscan seguridad y libertad.

Tras la Segunda Guerra Mundial, cuando el precio de mantener las puertas cerradas a los refugiados era evidente, la comunidad internacional adoptó la Convención de las Naciones Unidas sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951, que hasta hoy define quién es un refugiado y qué protección legal tiene derecho a recibir, y es la base de la legislación estadounidense sobre refugiados y asilo.

Estados Unidos incorporó estas protecciones a nuestras propias leyes, y han sido la base de nuestro sistema de asilo durante décadas. Las acciones del Congreso para restringir el acceso al asilo en Estados Unidos serían incoherentes con la legislación internacional y estadounidense y enviarían un peligroso mensaje a países de todo el mundo que probablemente sigan nuestro ejemplo y cierren sus puertas a los solicitantes de asilo.

HIAS cree que la seguridad nacional y un sistema de asilo humano y justo son compatibles. La seguridad nacional no mejora cuando nuestras leyes antiterroristas niegan innecesariamente protección a refugiados y solicitantes de asilo que no tienen ninguna conexión real con el terrorismo y que huyen de algunos de los regímenes más brutales y de los conflictos más violentos del planeta.

Un objetivo fundamental de la Ley de Inmigración y Nacionalidad es dar refugio a las personas que huyen de la persecución, pero no a las que suponen una amenaza o un peligro para Estados Unidos. Al hablar de la Ley REAL ID, el representante Sensenbrenner declaró que la intención del Congreso al aprobar la Ley USA PATRIOT y la Ley REAL ID era mantener alejadas a las personas que tuvieran intención de causar daño a Estados Unidos y, al mismo tiempo, "proteger a los solicitantes de asilo honrados."

Las causas de inadmisibilidad relacionadas con el terrorismo -o "TRIG"-, ampliadas por la Ley USA PATRIOT y la Ley REAL ID, prohíben la entrada en Estados Unidos a toda persona que haya prestado lo que la ley denomina "apoyo material" a terroristas. Las principales organizaciones de la comunidad judía estuvieron a la vanguardia de los esfuerzos para promulgar una prohibición estricta del apoyo material a las organizaciones terroristas, así como sanciones contra los Estados que las patrocinan. Sin embargo, durante más de 10 años, las disposiciones TRIG se han utilizado para excluir a las víctimas del terrorismo, algunas de las cuales la propia lucha por ser libres las convierte ahora en inadmisibles en Estados Unidos.

El terrorismo, tal y como lo define la ley, incluye actos destinados a intimidar o coaccionar a una población civil o a influir en la política de un gobierno mediante la intimidación o la coacción. Las definiciones comunes de terrorismo no incluyen el pago de un rescate para obtener la liberación de un niño secuestrado. Las definiciones comunes de terrorismo no incluyen la venta de comida en un restaurante, la acogida de familiares durante una noche o el tratamiento de heridos.

Las definiciones comunes de terrorismo tampoco incluyen el uso de la fuerza justificable para repeler ataques de fuerzas de un régimen ilegítimo. La preocupación subyacente a la creación de la categoría de organizaciones terroristas "no designadas" del Nivel III era dar al gobierno la capacidad de hacer frente a grupos peligrosos recién surgidos o recién descubiertos y a quienes los apoyan sin tener que esperar a un proceso de designación. El gobierno de Estados Unidos no debería excluir a personas por su apoyo o pertenencia a organizaciones de "Nivel III" que nunca designaría como organizaciones terroristas porque sus actividades entran en el ámbito de la legítima defensa y no suponen ningún peligro para la seguridad de Estados Unidos.

La Administración Bush intentó minimizar el impacto de estas amplias disposiciones sobre los refugiados y solicitantes de asilo emitiendo exenciones para las personas que prestaron apoyo a grupos birmanos religiosos y de minorías étnicas que se resistieron al brutal régimen birmano. En 2008, el Congreso eximió legislativamente a estos grupos birmanos de las barras TRIG, y también eximió a los cubanos que prestaron apoyo a personas y grupos que lucharon contra Fidel Castro, a los hmong y montagnards que lucharon con las fuerzas estadounidenses durante la guerra de Vietnam, y a los miembros del Congreso Nacional Africano.

Además de eximir a determinados grupos, en 2008 el Congreso concedió a la Administración autoridad discrecional adicional para emitir exenciones en los casos en que las prohibiciones del TRIG estuvieran teniendo el efecto de excluir a refugiados y solicitantes de asilo injustamente etiquetados como "terroristas." Esta disposición contó con apoyo bipartidista en la Cámara de Representantes y el Senado y fue negociada por los senadores Patrick Leahy y Jon Kyl.

En los años siguientes, la Administración Obama emitió exenciones que han autorizado a los funcionarios del Departamento de Seguridad Nacional, a su discreción, a eximir a las personas que proporcionaron "apoyo" o participaron en otra actividad bajo coacción, proporcionaron atención médica o eran miembros de ciertos grupos designados, incluido el levantamiento iraquí. Se trata de medidas cuidadosamente estudiadas, razonables y apropiadas para ayudar a resolver los antiguos problemas del TRIG que han impedido a tantos solicitantes de asilo y refugiados obtener protección y reunirse con su familia en Estados Unidos.

Las recientes medidas de la Administración para conceder autoridad discrecional a los adjudicadores del DHS son coherentes tanto con la seguridad nacional como con la protección de las personas que buscan asilo en Estados Unidos. La semana pasada, la administración Obama emitió exenciones que autorizan a los adjudicadores del DHS a eximir a quienes presten una asistencia "insignificante", a quienes participen en determinadas transacciones comerciales o sociales rutinarias o a quienes presten determinada asistencia humanitaria a un grupo terrorista no designado (Nivel III). También pueden concederse exenciones a quienes hayan sido presionados para prestar apoyo.

Para poder acogerse a cualquiera de estas exenciones, el solicitante debe superar todas las comprobaciones de antecedentes y de seguridad pertinentes, revelar plenamente al gobierno de Estados Unidos toda la información sobre la actividad y no haber proporcionado apoyo material a actividades que supiera o razonablemente debiera haber sabido que iban dirigidas contra no combatientes, ciudadanos estadounidenses o intereses de Estados Unidos. Existen otros muchos requisitos y limitaciones impuestos a los adjudicadores del DHS que garantizarán que sólo reciban una exención quienes la merezcan, entre ellos que la persona no suponga un peligro para la seguridad de Estados Unidos.

Sorprendentemente, según las leyes actuales, los judíos que resistieron valientemente y sobrevivieron al terror nazi quedarían excluidos del refugio en Estados Unidos. Según la política actual, el levantamiento del gueto de Varsovia se habría considerado "actividad terrorista" porque implicaba el uso de armas contra personas o bienes por motivos distintos del "mero beneficio monetario personal."

El hecho de que el Congreso no haya enmendado las definiciones excesivamente amplias de terrorismo y las disposiciones del TRIG que prohíben el acceso a solicitantes de asilo y refugiados que no tienen relación con el terrorismo según la interpretación común del término, junto con el hecho de que la Administración no haya utilizado plenamente la autoridad otorgada por el Congreso en 2008 para conceder exenciones a solicitantes de asilo y refugiados que no suponen una amenaza para Estados Unidos, socavan el liderazgo de Estados Unidos en el ámbito de la protección de los refugiados y, en última instancia, podrían socavar el propio régimen internacional de protección de los refugiados. Además, los intereses de la política exterior estadounidense se ven perjudicados cuando sugerimos a gobiernos opresores y grupos terroristas brutales que sus víctimas sean consideradas "terroristas" por Estados Unidos y no refugiados.

Incluso si la Administración ejerce plenamente su autoridad en virtud de la ley -que hasta la fecha no lo ha hecho-, la ley seguirá impidiendo la admisión en Estados Unidos de refugiados que lo merezcan. HIAS cree firmemente que la Administración y el Congreso deben trabajar juntos para modificar inmediatamente la ley y garantizar que las víctimas inocentes no sean tachadas de "terroristas" y se les niegue un refugio seguro.

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