4 de noviembre de 2024

El Tribunal de Menores de Kos absuelve de todos los cargos a un solicitante de asilo somalí 

KOS, GRECIA - El 24 de octubre de 2024, el Tribunal de Menores de Kos, Grecia, dictaminó que M.A., solicitante de asilo somalí que entró en Grecia como menor no acompañado en agosto de 2021 y fue acusado de tres delitos a su llegada, no era culpable de ninguno de los cargos.

M.A. fue detenido a su llegada y fue acusado de organización criminal con el fin de facilitar la entrada no autorizada de nacionales de terceros países y la búsqueda de beneficios económicos conjuntamente con otros, complicidad en la facilitación de la entrada no autorizada de nacionales de terceros países en Grecia por parte de un autor que actuaba con carácter profesional, y entrada ilegal en el país.

"Acogemos con satisfacción la decisión del tribunal", dijeron Elli Kriona Saranti y Maria Spiliotakara, que representaron a M.A. para HIAS Grecia. "La criminalización de la migración y de los defensores de los derechos humanos. Se les está utilizando como señuelo para desviar la atención de las continua falta de efectiva investigaciones sobre delitos contra migrantes en las fronteras".

A su llegada a Grecia, M.A. ofreció su teléfono móvil a otro migrante que viajaba con él, también acusado de los mismos delitos, para que este último pudiera llamar a una ONG que les ayudara a pedir asilo en Grecia y no ser devueltos ilegalmente a Türkiye. Los funcionarios interpretaron erróneamente esta conducta como facilitación de la entrada ilegal de nacionales de terceros países en Grecia, cometida por una organización criminal formada por M.A., dos de sus compañeros de viaje y un contrabandista no identificado de Türkiye. A M.A. también se le acusó de entrada ilegal en Grecia, a pesar de que la Convención de Ginebra sobre el Estatuto de los Refugiados establece que no se penalizará a los refugiados por el mero hecho de haber entrado ilegalmente.

El Tribunal se guió en su decisión por una sentencia anterior del Tribunal de Apelación del Dodecaneso, que ya había absuelto a sus coacusados adultos de estos delitos. En particular, el Tribunal de Apelación del Dodecaneso determinó que cualquier asistencia prestada a nacionales de terceros países tras su llegada a Grecia para la presentación de una solicitud de asilo no constituye facilitación de la entrada ilegal. El Tribunal de Menores también determinó que M.A. no había cometido el delito de entrada ilegal porque, como refugiado, no debía ser sancionado por entrada ilegal.

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